Anonimato real
La identidad de la persona informante se protege de extremo a extremo para minimizar exposición y represalias.
Ley 2/2023 y Directiva (UE) 2019/1937
Implanta un sistema de información que refuerza la integridad corporativa, reduce riesgos legales y mejora la confianza de empleados, proveedores y terceros.
La normativa exige disponer de canales internos de información efectivos, confidenciales y con garantías. Más allá de la obligación legal, contar con este sistema permite anticipar riesgos reputacionales, operativos y sancionadores.
La identidad de la persona informante se protege de extremo a extremo para minimizar exposición y represalias.
El acceso a cada canal está segmentado para evitar filtraciones cruzadas entre áreas o entidades.
Cada expediente mantiene historial, evidencias y control de comunicaciones para facilitar seguimiento y auditoría.
Mecanismos de exportación y respaldo permiten preservar la información ante incidencias o migraciones.
La persona informante envía su comunicación y evidencias por un canal protegido y guiado.
El Responsable del Sistema analiza, responde y documenta el caso de forma ordenada.
Las comunicaciones continúan en un hilo estructurado, preservando privacidad y contexto.
La organización obtiene visibilidad para cumplimiento y mejora continua.
Te ayudamos a adaptar el canal a tu estructura y políticas internas.
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